La Inspección de Trabajo continúa investigando a empresas que enmascaran las bajas derivadas de accidentes de trabajo. Suponen conductas irregulares las realizadas por estas multinacionales, en las que tratan de ocultar accidentes de trabajo, sin cumplimentar el parte de baja, con permiso retribuido y con cambio de puesto de trabajo como segunda actividad.
La Inspección las califica en sus múltiples resoluciones como “fraudulenta” la práctica de destinar a personas que han sufrido algún accidente laboral a realizar trabajos en lo que se denomina una “segunda actividad” que sea compatible con la recuperación física del accidentado.
Las rechaza, por considerarlos irregulares y ocultar bajo la denominación de permiso una verdadera baja laboral, todos los casos en los que la empresa concede al trabajador un “descanso preventivo” sin cursar el parte de baja, ya sea por decisión propia o basándose en la prescripción del médico especialista de medicina del trabajo.
También es fraudulenta aquella en el que la empresa ofrece un nuevo trabajo “adaptado” o “segunda actividad” al trabajador accidentado que no puede realizar su tarea habitual.
La recuperación del trabajador de su enfermedad o lesión debe hacerse en condiciones adecuadas, en sitios habilitados y bajo control médico. Acudir al trabajo a recuperarse no es ni legal, ni terapéutico, ni laboralmente asumible, y por tanto debe ser rechazado de plano porque supone un perjuicio presente y futuro para el trabajador.