Plataforma Unitaria Convenio Colectivo Saint Gobain

 10/02/2026

PLATAFORMA UNITARIA DE CONVENIO COLECTIVO

 UGT - CCOO - CSI 

Vigencia y ámbito: 2026–2028

(Convenio de empresa)

 (Presentada a la empresa el 10/02/2026)

1. Vigencia y revisión salarial

  • El presente Convenio tendrá una vigencia de tres años.
  • Incremento salarial anual conforme al IPC real +1%.
  • Se incluirá una cláusula de revisión automática que garantice la actualización al IPC real +1%.
  • En caso de ultraactividad, se aplicará igualmente el mecanismo de actualización salarial IPC +1% hasta la firma de un nuevo convenio.

2. Reducción de jornada y conciliación familiar

  • Reducción de la jornada laboral anual.
  • Implantación de un sistema de días compensatorios adecuado a las condiciones de los diferentes puestos. (turnos, nocturnidad, fines de semana, etc.).

3. Bolsa de empleo y Comisión de Centro

  • Creación de una bolsa de trabajadores/as, con participación sindical y que dicha bolsa sea la base de las futuras contrataciones indefinidas.

4. Seguro médico

  • Implantación de un sistema de salud complementario para toda la plantilla

5. Complementos festivos especiales

  • Se establece un complemento económico de 250 euros para quienes trabajen:
    • Noche del 24 de diciembre.
    • Noche del 31 de diciembre.
  • Se introduce como nuevo concepto un complemento de 125 euros para:
    • Mañana y tarde del 25 de diciembre.
    • Mañana y tarde del 1 de enero.

6. Reducción de jornada por antigüedad en trabajo nocturno

  • Día de vacaciones adicional por cada múltiplo de 10 años de antigüedad en trabajadores/as nocturnos.

7. Licencias por fallecimiento

  • Fallecimiento de familiares de primer grado:
    • Ampliación a 5 días de permiso retribuido.
  • Fallecimiento de familiares de tercer grado:
    • Reconocimiento de 1 día de permiso retribuido.

8. Permiso no retribuido por asuntos personales

  • Derecho a un mes de licencia no retribuida por año natural para atender asuntos personales, previa comunicación a la empresa.

9. Artículo 20 – Promoción y vacantes

  • Modificación del primer párrafo del artículo 20 para incluir los puestos de nueva creación.

10. Artículo 44 (DDPP)

          Modificación del art 44 para incluir a los DDPP externos

11. Plus de formador

  • Creación de un plus económico específico para el personal que:
    • Realice tareas de formación.
    • Asuma funciones de tutoría o instrucción en el puesto de trabajo.

12. Complemento de peligrosidad

  • Establecimiento del plus de peligrosidad para los puestos en función de los riesgos a los que estén expuestos.

13. Becas y ayudas al estudio

  • Actualización de las becas y ayudas conforme a la nueva legislación vigente.
  • Aplicación de una revalorización económica anual.
  • Ampliación de beneficiarios y estudios subvencionables.