El pasado septiembre esta Sección Sindical envió un escrito
ante la Dirección General de Trabajo donde planteaba dudas sobre la legalidad
de tres artículos del convenio.
El pasado septiembre esta Sección Sindical envió un escrito
ante la Dirección General de Trabajo donde planteaba dudas sobre la legalidad
de tres artículos del convenio.
Como ya informamos en su momento, estos eran, el Artículo 24
- Contratación - Escala de Consolidación (Doble Escala Salarial), donde
cualquier trabajador/a de nuevo ingreso percibe ha- sta 18 mil euros menos en
tres años realizando el mismo trabajo y funciones que otro compañero/a de su
mismo puesto y profesiograma. El Artículo 28 - Flexibilidad de Jornada – (Bolsa
de Horas Interanuales), donde la empresa puede aumentar o reducir hasta 12
jornadas al año y pasarlas para su recuperación o disfrute al año siguiente. El
Artículo 42 - Horas Extraordinarias – Tablas de Ho- ras Extraordinarias, donde
figuran valores inferiores a la hora ordinaria.
Al parecer la Dirección General de Trabajo también tuvo sus
dudas con este respecto y además de remitir nuestro escrito a la Mesa
Negociadora, adjuntó otro con diversos defectos de forma.Estos defectos debían
ser subsanados y no modificaban el resto del convenio. No es la pri- mera vez
que Trabajo plantea sus dudas a la Mesa Negociadora y se tiene que corregir el
texto del convenio. No por ello deja de aplicarse el resto de lo firmado.
La Mesa Negociadora tuvo nuevamente en sus manos el retirar
los artículos referentes a la flexibilidad y a la contratación, lo que
evidentemente beneficiaria a toda la plantilla, y especialmente a las nuevas
contrataciones. Pero este pasado jueves, en lugar de eliminarlos, Comisiones
Obreras y CGT justificaron su permanencia.
Es del todo inaceptable que ese articulado se mantenga, más
aún cuando existen dudas acerca de su legalidad, y sobre todo sin que la
plantilla conozca su justificación, y si esta se ajusta a la realidad. Tendrán
que ser ellos los que expliquen que firmaron y por qué.